El Gobierno Nacional publicó este martes en el Boletín Oficial un decreto que posterga la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) para el 1° de diciembre de este año. La medida, que responde a solicitudes de las cámaras de fondos comunes de inversión, tiene una implicancia electoral: las empresas recién podrán usar el dinero acumulado para financiar despidos a partir del 1° de enero de 2028, después de las elecciones presidenciales.
Los FAL fueron creados por la reforma laboral para reducir el costo de los despidos mediante un ahorro previo de las empresas hasta completar el total de la nómina de personal. Este ahorro se constituye por una detracción del 1% de la nómina en grandes empresas y del 2,5% en pymes, descontado de los aportes jubilatorios. El decreto modifica el plazo de carencia, extendiéndolo de 6 a 12 meses, lo que significa que durante todo 2027 —un año electoral— las empresas no podrán acceder a estos fondos.
Originalmente, el proceso debía comenzar el 1° de noviembre con la integración de los fondos por parte de las empresas y la recepción del dinero por las administradoras de Fondos Comunes de Inversión (FCI). Aunque el decreto argumenta razones técnicas y problemas administrativos en la implementación, la postergación de un mes y la extensión del período de carencia evita que los despidos financiados con estos fondos ocurran durante el año electoral.
La norma modifica los artículos 15 y 27 del Decreto Reglamentario 408/2026, vinculados a la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. La prórroga fue solicitada a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) por la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI), la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP) y la Cámara de Agentes de Bolsa (CADAB). Las entidades del sector señalaron la necesidad de contar con mayor tiempo para adecuar los sistemas informáticos.
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