La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó este jueves por cuarta vez el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La medida quedó oficializada a través de la Resolución General 5911/2026, publicada en el Boletín Oficial. La nueva fecha límite para cumplir con el trámite es el viernes 30 de octubre de 2026.
El organismo justificó la extensión en «razones de administración tributaria» vinculadas a la sanción de la Ley 27.826, conocida como Ley de Inocencia Fiscal II, aprobada el 17 de septiembre de 2026. Las modificaciones que introduce esa norma en la liquidación del impuesto impactan directamente sobre el universo de contribuyentes alcanzados y sobre la mecánica del cálculo, lo que tornó necesario ampliar el tiempo disponible para presentar la declaración.
Un aspecto relevante: la prórroga afecta exclusivamente a la presentación de la declaración jurada y no modifica la fecha de pago del saldo resultante, que ya venció el 27 de julio de 2026. Quienes no abonaron en esa fecha habrán generado intereses desde entonces. Lo que se extiende es el plazo administrativo para entregar la declaración ante el fisco. La resolución comprende a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del régimen simplificado.
Con la nueva Ley de Inocencia Fiscal II, se amplió el universo de contribuyentes que pueden adherirse al régimen simplificado. Se eliminaron las limitaciones de ingresos y patrimonio que regían anteriormente, con el único requisito general de mantener la residencia fiscal en la Argentina durante todo el período fiscal que se declara. La cronología de las cuatro prórrogas refleja un proceso de sucesivas extensiones: el plazo original fue corrido al 27 de julio, luego al 22 de septiembre, después al 13 de octubre y ahora al 30 de octubre.
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